martes, 12 de julio de 2016

Títulos al portador

Definición

"Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de una persona determinada, contengan o no la clausula al portador".
(Estos títulos llevan expresa la clausula "al portador").

Circulación

Se transmite por simple tradición. (Por la simple entrega material del documento)

Pérdida del título al portador

La adquisición y consiguientemente el que deja de tener la posesión del título pierde el derecho. La ley concede los derechos al propietario del título: la reivindicación del título y la notificación  al deudor.

Límite para su emisión

Solo pueden ponerse en circulación cuando contienen la obligación de pagar una suma de dinero.

Ejemplo de un título al portador

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